El Gobierno confirmó el pago de un bono de hasta $70.000 para jubilados y pensionados en septiembre

El Gobierno nacional oficializó mediante el Decreto 824/2026, publicado en el Boletín Oficial, el pago de un bono extraordinario previsional de hasta 70.000 pesos para jubilados, pensionados y titulares de prestaciones sociales de ANSES, que se abonará en septiembre.

El Gobierno nacional publicó este lunes 31 de agosto a la madrugada, en el Boletín Oficial, el Decreto 824/2026, que establece el pago de un bono extraordinario previsional para jubilados, pensionados y titulares de prestaciones sociales administradas por ANSES, incluyendo la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y pensiones no contributivas por invalidez, vejez, madres de 7 hijos o más, entre otras.

El bono será de hasta 70.000 pesos y se abonará junto con el aumento de septiembre, que elevará la jubilación mínima de 419.775,93 a 428.591,22 pesos. De esta forma, quienes cobren la jubilación mínima y el bono completo percibirán un total de 498.591,22 pesos en septiembre.

Según el texto del decreto, el bono se otorga a los beneficiarios cuyos haberes previsionales se encuentren dentro de los parámetros establecidos en los artículos 3° y 4° de la medida. Los beneficiarios incluyen:

  • Titulares de prestaciones contributivas previsionales a cargo de ANSES, otorgadas bajo la Ley N° 24.241, regímenes nacionales generales anteriores, regímenes especiales derogados, o ex-Cajas o Institutos Provinciales y Municipales de Previsión transferidos a la Nación, cuya movilidad se rija por el artículo 32 de la Ley N° 24.241, y prestaciones del Decreto N° 160/05.
  • Beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
  • Beneficiarios de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más, y demás pensiones no contributivas y graciables a cargo de ANSES.

El decreto establece que el bono tiene carácter no remunerativo, no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto.

En cuanto al monto, se especifica:

  • Para quienes perciban, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, un monto menor o igual al haber mínimo previsional garantizado (según el artículo 125 de la Ley N° 24.241), el bono será pagadero en su totalidad, es decir, 70.000 pesos.
  • Para quienes perciban un importe superior al haber mínimo, el bono será igual al monto necesario para alcanzar el tope resultante de la suma del haber mínimo más el monto máximo del bono (70.000 pesos).

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