La Anmat prohibió la venta de un equipo potabilizador de agua de Hidrolit por falta de registro sanitario

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) dispuso la prohibición del uso, comercialización, distribución y publicidad del dispositivo de ósmosis inversa Hidrolit Romi 100, fabricado por Agua Pureza Soluciones Hídricas S.R.L., por no contar con registro sanitario y representar un riesgo para la salud.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la venta del equipo potabilizador de agua “Dispositivo de acondicionamiento de agua, Osmosis inversa, Hidrolit Romi 100”, fabricado por la firma Agua Pureza Soluciones Hídricas S.R.L. La medida fue oficializada mediante la disposición 4932/2026, publicada este viernes en el Boletín Oficial, con la firma del presidente del organismo, Luis Eduardo Fontana.

Según el texto de la disposición, el producto no se encuentra registrado ante la Anmat, por lo que incumple las normas establecidas por el Ministerio de Salud. Además, no cumple con la disposición N° 8435/19, que exige a las empresas que comercializan dispositivos de acondicionamiento de agua de red domiciliaria solicitar su registro previo.

El organismo señaló: “Cabe concluir que se trata de productos sin registro sanitario respecto de los cuales se desconoce el tipo de material de fabricación del que están hechos, características, funcionalidad y seguridad, por lo que revisten riesgo para la salud de los potenciales usuarios”.

En consecuencia, la Anmat, por sugerencia de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud, prohibió el “uso, comercialización, distribución y publicidad en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica de todos los lotes” del producto.

La empresa tiene domicilio jurídico en la Avenida 7 al 1228 de La Plata. La Anmat notificó a la firma sobre las vías administrativas y judiciales disponibles para impugnar la medida: puede presentar un recurso de reconsideración dentro de los 20 días hábiles administrativos, un recurso de alzada en el plazo de 30 días hábiles administrativos, o iniciar una acción judicial dentro de los 180 días hábiles judiciales, según lo previsto por la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos.

El equipo se comercializaba a través de la página oficial de Hidrolit y en Mercado Libre. En el sitio oficial se ofrecía a $605.000, con un descuento del 30% incorporado. La promoción incluía el equipo, un filtro de polipropileno de 10 micras, un filtro de carbón activado en bloque, una bomba presurizadora, una canilla para mesada de metal cromado, un tanque hidroneumático de ocho litros y una membrana de ósmosis inversa, entre otros elementos.

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