Hacienda podrá embargar cuentas con nóminas o pensiones bajas si se mezclan con otros ingresos

El Tribunal Económico-Administrativo Central establece un nuevo criterio que permite embargar parte del saldo de cuentas bancarias con nóminas o pensiones iguales o inferiores al salario mínimo, si en la cuenta existen otros ingresos embargables.

El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha fijado un nuevo criterio que permite a Hacienda embargar parte del saldo de una cuenta bancaria aunque el titular cobre una nómina, pensión o prestación igual o inferior al salario mínimo, siempre que en esa cuenta también existan otros ingresos embargables. La resolución aclara que el dinero protegido no pierde su blindaje por permanecer ahorrado, pero obliga al contribuyente a acreditar que el saldo retenido procede de rentas inembargables.

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