Autorizan el fondeo de tres megayates en el Parque Nacional Tierra del Fuego pese al rechazo técnico

La Intendencia del Parque Nacional Tierra del Fuego autorizó el fondeo de tres embarcaciones en Bahía Lapataia y el traslado de pasajeros en dos helicópteros, una semana después de que siete técnicos del área protegida recomendaran no autorizar las operaciones por riesgos ambientales y limitaciones legales.

La Intendencia del Parque Nacional Tierra del Fuego autorizó el fondeo de tres megayates en Bahía Lapataia y el traslado de pasajeros en dos helicópteros, según el documento firmado por el intendente Marcelo Almirón el 27 de octubre. La autorización permite la permanencia de los yates Lonian, Hodor y Sherakhan entre el 12 y el 18 de noviembre. La solicitud fue presentada por USHIP SRL–Ushuaia Shipping, agencia marítima que representa a las embarcaciones.

Una semana antes, el 20 de octubre, siete integrantes del parque firmaron un informe que concluyó: «NO RESULTA PROCEDENTE AUTORIZAR» las operaciones solicitadas. Los técnicos advirtieron sobre posibles daños al fondo marino, perturbaciones a la fauna y la falta de una excepción legal que habilitara los sobrevuelos. La autorización posterior no explica cómo se despejaron esas objeciones; el documento se limita a comunicar que «se autoriza el desarrollo de la actividad solicitada» y fija condiciones operativas, sin desarrollar argumentos jurídicos y ambientales para apartarse de la recomendación técnica.

El Lonian tiene 87 metros de eslora y el Hodor, identificado como buque de apoyo, mide 67 metros. Publicaciones especializadas señalan al empresario estadounidense Lorenzo Fertitta, expropietario de la UFC, como dueño de ambas embarcaciones.

En el informe, los técnicos describieron el riesgo del peso de las anclas y el movimiento de las cadenas sobre el lecho marino. Señalaron que las cadenas de acero pueden «barrer y arar el lecho marino cada vez que el barco rota con el viento o las corrientes», con riesgo de destruir bosques sumergidos de cachiyuyo, formados por el alga parda Macrocystis pyrifera. También advirtieron sobre remoción de sedimentos, posibles derrames de hidrocarburos, vertidos de efluentes y el ruido constante de los generadores. A esto se suma el impacto acústico de los helicópteros, que pueden alterar el comportamiento de la fauna y la tranquilidad de los visitantes. Entre las especies que podrían verse afectadas mencionaron el huillín, una nutria nativa amenazada, y aves como el cauquén caranca y el quetro austral.

El informe sostiene que los vuelos solicitados no se encuadran en las excepciones previstas por la Ley 22.351 de Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales. Según el artículo 5, inciso l, incorporado por la Ley 26.389 en 2008, se prohíben los sobrevuelos de aeronaves motorizadas dentro de los parques nacionales, salvo excepciones expresamente contempladas, como determinadas rutas aéreas, operaciones de búsqueda y rescate, combate de siniestros, investigaciones científicas y tareas vinculadas con el cuidado y la administración de las áreas protegidas. Para los firmantes, el traslado privado de pasajeros no está incluido entre las excepciones. El informe indica que «las operaciones aéreas propuestas por la empresa no se encuentran comprendidas, conforme a la información presentada, en ninguno de los supuestos de excepción previstos por la normativa».

La solicitud contemplaba que los helicópteros despegarían y aterrizarían sobre las propias embarcaciones, sin utilizar infraestructura terrestre del parque. Según el documento, esa modalidad «no modifica la aplicación de la prohibición cuando las operaciones impliquen sobrevuelos dentro de su jurisdicción». Tampoco alcanza con permisos de autoridades marítimas o aeronáuticas, que no sustituyen las restricciones de Parques Nacionales. Los técnicos invocaron el principio precautorio de la Ley General del Ambiente 25.675, que exige adoptar medidas para prevenir posibles daños ambientales.

La autorización firmada posteriormente no precisa qué excepción legal permitiría los vuelos ni detalla rutas, alturas o frecuencia de las operaciones. Se limita a exigir que se planifiquen «procurando minimizar el sobrevuelo de sectores terrestres», que se eviten áreas sensibles y que se respeten corredores y zonas de exclusión determinadas por las autoridades.

Según las fichas de VesselFinder citadas por Agenda Malvinas, el Lonian y el Hodor navegan bajo bandera de Islas Caimán, territorio británico de ultramar. El registro no implica propiedad británica; las publicaciones especializadas identifican a Fertitta como dueño. La bandera adquiere relevancia en Tierra del Fuego, provincia cuya jurisdicción comprende las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes, cuya soberanía la Argentina disputa con el Reino Unido. En octubre, la Argentina presentó ante el Tribunal Internacional del Derecho del Mar una solicitud de medidas provisionales contra la explotación petrolera que el Reino Unido impulsa en la Cuenca Malvinas Norte mediante el proyecto Sea Lion. El tribunal fijó para el 10 y 11 de noviembre las audiencias para escuchar los argumentos de ambas partes.

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