La Corte Suprema confirmó la prisión perpetua para un expolicía bonaerense por un doble homicidio en 2016

El máximo tribunal rechazó el recurso de la defensa de Marcos Fernández, condenado por matar a dos agentes de la Policía Federal en Isidro Casanova tras una discusión de tránsito.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inadmisible el recurso de queja presentado por la defensa de Marcos Daniel Fernández y dejó firme la condena a prisión perpetua dictada en 2018 por el Tribunal Oral en lo Criminal de La Matanza. Fernández, expolicía bonaerense, fue sentenciado por el asesinato de Juan Carlos González y Carlos Andrés Oxance, dos agentes de la Policía Federal, ocurrido el 20 de octubre de 2016 en el barrio Atalaya, localidad de Isidro Casanova.

Según la investigación judicial, Fernández había tenido discusiones previas con los agentes federales originadas por una cuestión de tránsito. El día del hecho, los tres se encontraron de manera casual en la puerta de una panadería. En ese contexto, Fernández, acompañado por su hijo de 17 años, extrajo un arma y disparó contra los dos agentes.

Las imágenes de una cámara de seguridad del comercio registraron el ataque y fueron incorporadas como prueba. De acuerdo con el expediente, uno de los agentes no portaba su arma al momento del hecho y el otro no llegó a desenfundarla. Fernández declaró ante la Justicia que había disparado en defensa propia.

En agosto de 2018, el Tribunal Oral en lo Criminal de La Matanza condenó a Fernández a prisión perpetua, accesorias legales y costas, como autor de “homicidio calificado por alevosía (dos hechos) doblemente agravado por la utilización de arma de fuego y la intervención de un menor de edad, hurto simple y portación ilegal de arma de guerra, todos en concurso real”. El hijo del condenado fue juzgado en otro proceso.

En junio de 2020, el Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires rechazó la apelación de la defensa. Posteriormente, se presentó un recurso ante la Suprema Corte bonaerense, que en diciembre de 2023 desestimó la queja. La defensa acudió entonces en queja a la Corte Suprema de la Nación.

Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron el recurso por inadmisible, con fundamento en el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

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