El Bloque Legislativo de Encuentro Vecinal Córdoba anunció que impulsará nuevamente en la Unicameral el proyecto que prohíbe la cría, reproducción, venta y tenencia de perros potencialmente peligrosos. La iniciativa, presentada en febrero de 2024, no fue tratada en dos oportunidades.
El Bloque Legislativo de Encuentro Vecinal Córdoba anunció que volverá a impulsar en la Unicameral provincial el proyecto de ley que prohíbe la cría, reproducción, venta y tenencia de perros considerados potencialmente peligrosos. La iniciativa fue presentada por primera vez en febrero de 2024 por el legislador Rodrigo Agrelo y, hasta el momento, no fue sancionada. El proyecto llegó a tratarse en comisión, pero la mayoría de los legisladores rechazó avanzar con su aprobación.
El anuncio se produce luego de que el viernes 4 de septiembre se registraran dos muertes de niños en las localidades de Córdoba y Alta Gracia, a raíz de ataques de perros. Según datos recopilados por el bloque, en lo que va de 2026 se contabilizan 12 ataques en la provincia, cuatro de ellos fatales, con víctimas de 4 años o menos en todos los casos. En 2025 se registró la muerte de una beba de un año en San Francisco, y continúa en curso el juicio por la muerte de Trinidad Ballesteros.
El bloque vecinalista emitió un comunicado en el que sostuvo: «Esto no es fatalidad: es falta de ley» y agregó: «las tragedias se pueden evitar».
Qué establece el proyecto
El artículo 1 del texto prohíbe en todo el territorio provincial la cría, reproducción, el tráfico oneroso o gratuito y la tenencia de perros potencialmente peligrosos. Se exceptúa a quienes ya tenían un animal antes de la entrada en vigencia de la norma.
El artículo 2 define las razas alcanzadas: rottweiler, pitbull terrier, dogo argentino, pampa argentino, filabrasileño, american staffordshire, staffordshire bull terrier, mastiff, bullmastiff, doberman, dogo de Burdeos, mastín napolitano, bull terrier, presa canario y akita inu, además de sus cruzas y otras razas que determine la Policía Ambiental en base a criterios científicos.
La iniciativa incorpora un artículo 89 Bis al Código de Convivencia provincial, con sanciones de hasta seis días de trabajo comunitario, multa de hasta 12 Unidades de Multa o arresto de hasta seis días para quienes críen, reproduzcan, trafiquen o tengan estos perros.
También establece el secuestro definitivo y la castración obligatoria de los animales, que no podrán ser sacrificados y quedarán a disposición de la Policía Ambiental. Se crea además un Registro Provincial de Perros Potencialmente Peligrosos.
Se contemplan excepciones para las fuerzas armadas y de seguridad, y se fijan requisitos estrictos para quienes ya tenían un ejemplar antes de la ley: mayoría de edad, inscripción registral, certificado psicofísico, castración obligatoria dentro de los 90 días, cerramientos de seguridad y uso de correa y bozal canasta.
Fundamentos del proyecto
En los fundamentos, el legislador Rodrigo Agrelo plantea que la norma busca «evitar la multiplicación» de estas razas y avanzar «hacia la desaparición» de ellas mediante un control severo sobre los ejemplares existentes. Agrelo sostiene: «tenemos la firme convicción de que el Bien Común, la seguridad, la vida y la integridad física de los habitantes de esta provincia deben ser protegidos con todo el rigor de la norma».
El texto cita a la Organización Mundial de la Salud sobre el impacto sanitario de las mordeduras de animales y menciona antecedentes de derecho comparado, como la prohibición de la raza XL Bully en Gran Bretaña y regulaciones similares en distintos países europeos.
También hace referencia a fallos judiciales cordobeses en los que perros de estas razas fueron considerados «armas impropias» como agravante en causas penales, y a un informe veterinario según el cual, entre 2019 y 2020, hubo 13 muertes por ataques de perros en la Argentina, la mayoría vinculadas a razas molosas y con antecedentes de agresividad previos.
