El Senado aprobó el proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada con desalojos exprés y cambios en expropiaciones

La Cámara alta dio media sanción a la iniciativa que modifica el régimen de desalojos, expropiaciones y digitalización de registros. El oficialismo retiró los capítulos sobre tierras de extranjeros y manejo del fuego.

Buenos Aires, 7 agosto (NA) – El Senado aprobó el proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, que establece un nuevo régimen de desalojos exprés para acelerar la restitución de viviendas, campos y terrenos ocupados ilegalmente, modifica el sistema de expropiaciones y avanza en la digitalización de los registros de la propiedad.

La iniciativa mantuvo esos capítulos luego de que el oficialismo resolviera retirar del texto las reformas vinculadas a la compra de tierras por parte de extranjeros y al manejo del fuego, dos puntos que habían generado resistencia durante el debate parlamentario.

Cómo quedan los desalojos

  • Se aplicará el desalojo exprés en casos de inmuebles usurpados o tenedores precarios.
  • El juez podrá disponer la inmediata entrega del inmueble si el derecho invocado fuese verosímil y previa caución juratoria.
  • El juez podrá intimar dentro de las 72 horas la devolución del inmueble si el propietario lo pide y acredita con prueba documental su titularidad.
  • Los propietarios podrán intimar a inquilinos que adeudan pagos, con un plazo de al menos 10 días corridos para ponerse al día, contados desde la notificación.
  • La notificación se realizará en el domicilio del contrato o por correo electrónico, y deberá precisar el lugar de pago.
  • Si persiste el incumplimiento, el propietario puede iniciar la acción de desalojo, que se efectuará en un plazo de 10 días hábiles.
  • El propietario no puede negarse a recibir las llaves ni poner condiciones, aunque puede dejar constancia escrita de deudas pendientes.
  • En casos de menores o adultos en situación de desamparo, el juez deberá dar intervención obligatoria a los organismos de protección locales y al Ministerio Público Tutelar.

Cómo quedan las expropiaciones

  • La declaración de utilidad pública se aplicará de manera restrictiva.
  • El Estado deberá fundamentar claramente los motivos de la medida.
  • Se estableció un tope del 30% de indemnización por lucro cesante.
  • La tasa de interés será la del Índice de Precios al Consumidor más la tasa del Banco Nación a treinta días.
  • No se realizará la transferencia sin el pago de la indemnización, aunque el Estado podrá pedir la posesión del bien.
  • El juez podrá solicitar un dictamen del Tribunal de Tasaciones de la Nación ante diferencias sobre el valor.

Digitalización y regularización de escrituras

Se podrán presentar documentos digitales en los Registros de la Propiedad de todo el país, práctica ya vigente en algunas jurisdicciones. El proyecto modifica la ley Pierri de regularización dominial para que familias con posesión pública durante los 10 años anteriores puedan acceder a la escritura de su vivienda única.

Agencia NA

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