Asociación de Ateos de Bogotá pide al alcalde no sancionar el Día de la Oración

La Asociación de Ateos de Bogotá solicitó al alcalde Carlos Fernando Galán abstenerse de sancionar el Proyecto de Acuerdo 153 de 2026, que institucionaliza el Día de la Oración en Bogotá, por considerar que vulnera la laicidad del Estado.

La Asociación de Ateos de Bogotá solicitó al alcalde mayor de Bogotá, Carlos Fernando Galán, que se abstenga de sancionar el Proyecto de Acuerdo 153 de 2026, que busca institucionalizar el Día de la Oración en el Distrito Capital. La petición fue difundida mediante un comunicado emitido el martes 4 de agosto de 2026 a través de la cuenta de X de la colectividad (@AATEOSBTA).

En la misiva, la asociación sostiene que la aprobación de la iniciativa vulnera la laicidad del Estado colombiano y contraviene los artículos 1, 18 y 19 de la Constitución Política de 1991. Además, cita la sentencia C-350 de 1994 de la Corte Constitucional, que establece que el Estado debe mantener una postura neutral en asuntos de fe y no puede promover ni institucionalizar prácticas religiosas.

El Proyecto de Acuerdo 153 de 2026, aprobado por el Concejo de Bogotá, declara el 4 de julio como Día Distrital de la Oración, con el objetivo de promover la reflexión y el respeto por la libertad de conciencia y creencias. El artículo 2 contempla que la Secretaría Distrital de Gobierno y la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte deben destinar espacios públicos para actividades conmemorativas.

Desde la Asociación de Ateos de Bogotá se afirmó que esta medida convierte al Distrito en promotor de una práctica religiosa y representa una discriminación simbólica hacia quienes no profesan ninguna fe. El comunicado señala: “Invitar a las personas a hacer oración es potestad de las iglesias, los pastores, los sacerdotes o líderes religiosos, y nunca del Estado a través de acuerdos, ordenanzas, resoluciones o decretos”.

La organización anunció que, si el acuerdo es sancionado y entra en vigor, presentará una acción de nulidad simple ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo, con el fin de que los jueces se pronuncien sobre la constitucionalidad y legalidad de la medida. El comunicado concluye: “La laicidad no es hostilidad hacia la fe; es la garantía de que ninguna fe o práctica ritual se imponga a través del poder público”.

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