El abogado Germán Calderón presentó una demanda de nulidad ante el Consejo de Estado contra la Resolución 0478 de 2026, emitida por el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre), que declaró varios días festivos y fines de semana de julio y agosto como hábiles para trámites administrativos y contractuales previos a la posesión presidencial.
El abogado Germán Calderón presentó ante el Consejo de Estado una demanda de nulidad contra la Resolución 0478 de 2026, emitida por el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre). La resolución declaró como hábiles los días 11, 12, 18, 19, 20, 25 y 26 de julio, así como el 1 y 2 de agosto de 2026 —incluyendo el festivo del 20 de julio— para la realización de trámites precontractuales, contractuales y actuaciones administrativas y presupuestales.
El documento, firmado por la directora del Dapre, Nhora Yhanet Mondragón Ortiz, indicó que el objetivo es “adelantar los trámites precontractuales y contractuales en todos los procesos de selección así como actuaciones administrativas y presupuestales que adelante el Dapre”. La medida se fundamentó en la “necesidad de garantizar la continuidad en la prestación del servicio público” y en la gestión administrativa durante el proceso de empalme de gobierno.
Según Calderón, la resolución constituye una “grave violación al derecho constitucional y convencional al descanso necesario” y sostuvo que se trata de una decisión basada en “falsa motivación y desviación de poder”, al no reconocer el pago de horas extras a los funcionarios afectados.
La demanda solicita al Consejo de Estado la suspensión provisional de la resolución, argumentando que “atenta contra la dignidad humana de los servidores públicos” al obligarlos a laborar en días tradicionalmente reservados al descanso sin la debida retribución.
Por su parte, la exsenadora María Fernanda Cabal calificó la medida como “escandalosa” y pidió la intervención de la Contraloría. “¿Qué contratos no pueden esperar 30 días al gobierno electo? La Contraloría debe activar control concomitante ya”, afirmó en sus redes sociales.
La resolución aclara que estos días extraordinarios se aplican únicamente al cómputo de términos legales en los procesos de selección y para la realización de actuaciones administrativas y presupuestales, sin que ello implique por sí solo el reconocimiento ni pago de horas extras a los funcionarios. Solo si se supera la jornada legal máxima, los responsables deberán proceder conforme a la normatividad vigente.
La medida se restringe a las dependencias vinculadas con contratación estatal. Las áreas no involucradas en estos procesos mantendrán sus labores y jornadas habituales. La atención al público y los servicios misionales no sufrirán modificaciones, y se permitirá la coordinación remota del personal durante las jornadas habilitadas.
La resolución entró en vigor desde su expedición y permanecerá vigente hasta el cumplimiento de los trámites administrativos previstos para la transición gubernamental. El Consejo de Estado deberá decidir si suspende de manera provisional la resolución mientras estudia de fondo los argumentos presentados.
