El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informó que tener una multa electoral pendiente por no haber votado en la primera vuelta de las Elecciones Generales 2026 no impide participar en la segunda vuelta. El derecho al sufragio se mantiene intacto para todos los ciudadanos, incluso si existen sanciones económicas impagas por procesos anteriores.
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) confirmó que tener una multa electoral pendiente por no haber votado en la primera vuelta de las Elecciones Generales 2026 en Perú no impide participar en la segunda vuelta. Según informó el organismo, el derecho al sufragio se mantiene intacto para todos los ciudadanos, incluso si existen sanciones económicas impagas por procesos anteriores.
El JNE reiteró en comunicados recientes que ningún ciudadano queda excluido del padrón por mantener deudas electorales. La institución detalló que el pago de multas por inasistencia en la primera vuelta o por incumplir funciones como miembro de mesa no constituye impedimento para ejercer el voto en la segunda vuelta de las elecciones presidenciales.
Las sanciones económicas varían según la falta. La multa más alta asciende a S/ 275 y aplica a los ciudadanos que fueron designados miembros de mesa y no ejercieron esa función. Esta multa puede sumarse a la correspondiente por no acudir a votar, por lo que una misma persona podría enfrentar un doble cargo económico.
El monto de la sanción por no votar depende de la clasificación socioeconómica del distrito donde reside el elector. Para quienes habitan en zonas de pobreza extrema, la multa es de S/ 27,50; en distritos considerados pobres, asciende a S/ 55; y en distritos no pobres, la sanción llega a S/ 110.
El JNE habilitó una plataforma virtual para que los ciudadanos verifiquen si tienen alguna multa pendiente. La consulta se realiza ingresando únicamente el número de Documento Nacional de Identidad (DNI).
Quienes completaron la función de miembro de mesa reciben una retribución de S/ 165 y un día de descanso laboral no compensable. En caso de inasistencia sin justificación aceptada, la multa asciende a S/ 275.
El cobro del pago para miembros de mesa se realiza a través de la web Consulta Electoral. Allí, el usuario debe ingresar su número de DNI, seleccionar la opción de pago, registrar su modalidad preferida y completar el proceso digital.
