Una paciente oncológica con cáncer de páncreas terminal se convertirá este viernes en la primera persona en acceder a la eutanasia en Uruguay, tras cumplir con el protocolo establecido por la ley 20.431.
Uruguay registrará este viernes la primera aplicación de la eutanasia desde la entrada en vigor de la ley 20.431. Una mujer de 69 años, cuya identidad se mantiene en reserva, recibirá el procedimiento en el Hospital Policial, según confirmaron fuentes del Ministerio de Salud Pública y del centro médico a medios locales.
La paciente firmó el consentimiento formal el miércoles pasado, luego de cumplir con todos los requisitos exigidos por la legislación uruguaya para la muerte asistida.
Cuadro de salud de la paciente
Según información proporcionada por fuentes médicas, la mujer ingresó al Hospital Policial hace diez días debido al avanzado estado de su enfermedad. Se trata de una paciente oncológica con cáncer de páncreas terminal, que presenta metástasis avanzada en los pulmones, los riñones y el hígado.
Desde el diagnóstico, la mujer estuvo bajo cuidados paliativos. Ante la irreversibilidad de su cuadro, optó por solicitar el derecho a la muerte digna. Desde el centro de salud indicaron que en este caso “se siguieron todas las pautas previstas para la eutanasia” de forma estricta.
La aplicación del procedimiento ocurre a pocas semanas de que el protocolo de eutanasia entrara en vigor en Uruguay el pasado 20 de abril, luego de que el presidente Yamandú Orsi firmara el decreto reglamentario y la ministra de Salud Pública, Cristina Lustemberg, ratificara las pautas operativas.
Uruguay, primer país de América Latina en regular la eutanasia
Con la puesta en marcha de la ley 20.431, Uruguay se convirtió en el primer país de América Latina en regular la eutanasia por vía legislativa. Colombia y Ecuador cuentan con la despenalización del procedimiento, pero en ambos casos se logró a través de fallos de sus cortes constitucionales, no por una ley aprobada en el Congreso.
La normativa uruguaya define a la eutanasia como el procedimiento indicado para “provocar la muerte de la persona que se encuentra en condiciones previstas y si así lo solicita reiteradamente en forma válida y fehaciente”.
Protocolo de la ley de eutanasia en Uruguay
El decreto reglamentario establece un proceso de control de tres etapas. La solicitud debe iniciarse por voluntad del paciente, quien debe presentarla por escrito y firmarla ante un médico responsable, sin vínculo previo con el solicitante.
El médico debe evaluar la historia clínica y ofrecer información detallada sobre los cuidados paliativos disponibles. Luego, tiene un plazo máximo de tres días para elevar el caso a la Dirección Técnica de la institución médica.
Si el primer médico avala el pedido, el caso pasa a un médico consultante (internista o especialista en la patología del paciente), quien cuenta con cinco días corridos para estudiar la situación. En caso de rechazo, el caso es analizado por una Junta Médica integrada por un psiquiatra, un especialista en la enfermedad del paciente y un experto en cuidados paliativos o internista, que dispone de cinco días para emitir un dictamen definitivo.
Si el caso es declarado admisible, el paciente debe ratificar su voluntad ante el médico responsable y dos testigos mayores de edad, quienes deben firmar una declaración jurada donde conste que no obtendrán beneficio económico tras el fallecimiento.
