Un juez federal hizo lugar a un amparo de un gremio docente, integrando la causa al proceso colectivo que ya suspendió 82 artículos de la nueva ley. El Ministerio de Capital Humano rechazó la medida y anunció que presentará un recurso.
El Juzgado Nacional del Trabajo N°74 aceptó una medida cautelar presentada por la Unión Docentes Argentinos (UDA) que suspende la declaración de «servicio esencial» para la educación, establecida en la nueva reforma laboral. El juez José Ignacio Ramonet resolvió integrar esta causa al proceso colectivo liderado por la Confederación General del Trabajo (CGT), donde ya se suspendieron 82 artículos de la normativa.
La decisión judicial implica que, hasta que se resuelva el fondo de la cuestión, la educación no será considerada un servicio esencial en los términos de la reforma. Esto mantiene en suspenso los artículos que limitaban el derecho de huelga en el sector, exigiendo un piso del 75% de asistencia durante las medidas de fuerza.
El magistrado dispuso que la acción de la UDA continúe su trámite dentro del expediente colectivo radicado en el Juzgado Nacional del Trabajo N°63. Allí, el juez Raúl Horacio Ojeda deberá resolver finalmente sobre la validez de los artículos cuestionados.
Frente a la medida, el Ministerio de Capital Humano emitió un comunicado en el que rechazó lo que calificó como «intereses corporativos y sectoriales» que, a su entender, «pretenden obstaculizar las reformas». El Gobierno nacional informó que apelará la decisión judicial.
Desde la UDA, su secretario general, Sergio Romero, destacó que la resolución «preserva el equilibrio del sistema de relaciones laborales» y resguarda «el ejercicio del derecho constitucional de huelga». El sindicato argumentó que la esencialidad debe garantizar salarios dignos y condiciones adecuadas, no restringir derechos colectivos.
