La Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (Fateryh) y las cámaras del sector empleador acordaron una modificación salarial para las remuneraciones de julio, agosto y septiembre de 2026. El incremento para agosto es del 1,9% sobre el básico de julio, más una suma fija de $25.000.
La Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (Fateryh) y las cámaras del sector empleador ratificaron la vigencia de la totalidad de las cláusulas del Convenio Colectivo de Trabajo 589/10 y acordaron una modificación salarial para las remuneraciones de julio, agosto y septiembre de 2026 de los encargados de edificios.
Para el mes de agosto, las partes pactaron un incremento del 1,9% a calcular sobre el salario básico correspondiente al mes de julio de 2026 para la cuarta categoría establecida en el artículo 6 del CCT 589/10. Este porcentaje se aplicó a los adicionales de convenio y en forma proporcional a las restantes categorías. Asimismo, el acuerdo estableció incrementar la suma fija remuneratoria mensual en la suma de $25.000, la cual se abonará conjuntamente con la remuneración devengada en el mes de agosto.
La escala de remuneraciones básicas mensuales correspondiente a la planilla salarial de agosto de 2026 para las distintas posiciones operativas se compone de la siguiente manera:
- Encargado Permanente con vivienda: $1.220.160 (1° Cat.), $1.169.320 (2° Cat.), $1.118.480 (3° Cat.) y $1.016.800 (4° Cat.).
- Encargado Permanente sin vivienda: $1.401.533 (1° Cat.), $1.343.136 (2° Cat.), $1.284.739 (3° Cat.) y $1.167.944 (4° Cat.).
- Ayudante Permanente con vivienda: $1.220.160 (1° Cat.), $1.169.320 (2° Cat.), $1.118.480 (3° Cat.) y $1.016.800 (4° Cat.).
- Ayudante Permanente sin vivienda: $1.401.533 (1° Cat.), $1.343.136 (2° Cat.), $1.284.739 (3° Cat.) y $1.167.944 (4° Cat.).
- Ayudante Media jornada: $700.767 (1° Cat.), $671.568 (2° Cat.), $642.369 (3° Cat.) y $583.972 (4° Cat.).
- Personal Asimilado con vivienda: $1.220.160 (1° Cat.), $1.169.320 (2° Cat.), $1.118.480 (3° Cat.) y $1.016.800 (4° Cat.).
- Personal Asimilado sin vivienda: $1.401.533 (1° Cat.), $1.343.136 (2° Cat.), $1.284.739 (3° Cat.) y $1.167.944 (4° Cat.).
- Mayordomo con vivienda: $1.258.541 (1° Cat.), $1.206.102 (2° Cat.), $1.153.663 (3° Cat.) y $1.048.784 (4° Cat.).
- Mayordomo sin vivienda: $1.451.186 (1° Cat.), $1.390.720 (2° Cat.), $1.330.254 (3° Cat.) y $1.209.322 (4° Cat.).
- Intendente: $1.703.535 (todas las categorías).
- Personal con más 1 Función con vivienda: $1.220.160 (1° Cat.), $1.169.320 (2° Cat.), $1.118.480 (3° Cat.) y $1.016.800 (4° Cat.).
- Personal con más 1 Función sin vivienda: $1.401.533 (1° Cat.), $1.343.136 (2° Cat.), $1.284.739 (3° Cat.) y $1.167.944 (4° Cat.).
- Encargado Guardacoches con vivienda: $1.066.831 (todas las categorías).
- Encargado Guardacoches sin vivienda: $1.145.168 (todas las categorías).
- Personal Vigilancia Nocturna: $1.250.092 (todas las categorías).
- Personal Vigilancia Diurna: $1.174.574 (todas las categorías).
- Personal Vigilancia Media Jornada: $587.287 (todas las categorías).
- Encargado No Permanente con vivienda: $645.675 (todas las categorías).
- Encargado No Permanente sin vivienda: $688.284 (todas las categorías).
- Ayudante Temporario: $1.153.765 (todas las categorías).
- Ayudante Temporario Media Jornada: $576.882 (todas las categorías).
- Personal Jornalizado no más 18 horas (según ART. 7 INC. P HORA): $12.742,40.
- Suplente con horario por día: $55.642,60.
Adicionales remuneratorios y plus por tareas específicas de SUTERH
La grilla salarial aprobada por el sindicato conducido por Víctor Santa María fijó además un adicional remuneratorio mensual para todas las categorías del CCT de $80.000, el cual se liquida de forma proporcional a cada categoría. A este adicional general se suman los suplementos estipulados para cualquiera de las categorías del sector por tareas operativas cotidianas en el inmueble.
El desglose de los adicionales asignados para el mes de agosto comprende los siguientes ítems y montos:
- Retiro de residuos por unidad destinada a vivienda u oficina: $2.280,10.
- Clasificación de residuos Resol. 2013 243 SSRT-GCABA: $39.271,60.
- Valor vivienda: $8.376,40.
- Plus por antigüedad conf. Resoluc. 106/09 – inc. D, e, h, n y p del art. 7 y 8 por año (1%): $11.679,40.
- Plus por antigüedad – por año ART. 11 (2%): $23.358,90.
- Plus limpieza de cocheras: $31.115,10.
- Plus movimiento de coches – hasta 20 unidades: $46.069,10.
- Plus Jardín: $31.115,10.
- Plus Zona Desfavorable: 50%.
- Título de Encargado Integral de Edificio: 10%.
- Plus limpieza de piletas y mantenimiento del agua: $52.343,20.
- Adicional Viáticos: $86.655,70.
En la misiva dirigida a los afiliados, el secretario general del Suterh y Fateryh, Víctor Santa María, señaló: «el Suterh mantiene la lucha en la defensa de los derechos y conquistas de nuestros trabajadores y trabajadoras, de su estabilidad laboral y del poder adquisitivo de nuestros salarios. Ese es nuestro compromiso y jamás lo abandonaremos».
