El abogado Ezequiel Vergara explicó qué conductas de las agencias de cobranza pueden constituir hostigamiento según la Ley de Defensa del Consumidor, y advirtió que el Registro No Llame no funciona desde hace dos gestiones de gobierno.
El abogado especialista en defensa del consumidor Ezequiel Vergara analizó las prácticas de cobranza de deudas y detalló los límites legales establecidos por la normativa vigente. Según el especialista, las empresas de cobranza realizan llamados en forma desmedida y hostigan a familiares de los deudores a partir de números obtenidos a través de registros de dudosa procedencia.
Vergara sostuvo que la única función legítima de una empresa de cobranza es informar la deuda e informar el canal de pago. Todo lo que exceda ese límite puede convertirse en un hostigamiento que afecta la vida cotidiana del usuario. Llamados permanentes, en horarios inadecuados, a familiares o al lugar de trabajo del deudor pueden constituir lo que la ley denomina trato indigno, conducta sancionada por el artículo 8 bis de la Ley de Defensa del Consumidor.
Dicha normativa establece que los proveedores deben garantizar condiciones de atención y trato digno y equitativo a los consumidores, y abstenerse de desplegar conductas que los coloquen en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias. El abogado afirmó que no hay motivo que justifique que una empresa contacte a un tercero ajeno a la deuda y calificó esa práctica como un apriete o un avasallamiento.
Vergara también cuestionó el envío de notificaciones con apariencia de reclamo judicial cuando la deuda aún no llegó a esa instancia. Señaló que ese tipo de comunicaciones también está sancionado por la Ley de Defensa del Consumidor, aunque la calificación final de cada conducta queda en manos de la Justicia según la prueba presentada. Como antecedente mencionó una acción colectiva contra Garbarino por cobro de honorarios de abogado por reclamos no judicializados.
El especialista recomendó a los usuarios que se sientan hostigados dejar constancia ante la Dirección Provincial de Defensa del Consumidor o a través del sitio defensadelconsumidor.com.ar. Indicó que esas denuncias pueden derivar en acciones colectivas contra las empresas y que las vías públicas de reclamo no tienen costo.
En cuanto al Registro No Llame, Vergara afirmó que está en desuso desde hace al menos dos gestiones de gobierno. Participó la semana pasada de una reunión con la Dirección de Defensa del Consumidor a nivel nacional donde se planteó la necesidad de revisar medidas para reactivarlo. Las asociaciones de consumidores advirtieron que el registro es decorativo y que cambió la órbita de la oficina encargada de regularlo. El abogado vinculó la falta de control efectivo con el debate actual sobre desregulación estatal y sostuvo que se necesita que el Estado sea eficiente en el control, ya que su ausencia termina beneficiando a las empresas.
