Solicitan la separación definitiva de Delia Espinoza del Colegio de Abogados de Lima por reforma legislativa

El abogado Fernando Valdivia Correa presentó un pedido formal ante la Junta de Vigilancia del Colegio de Abogados de Lima para que Delia Espinoza sea cesada como decana, en cumplimiento de la Ley 32645 que crea el Colegio Profesional de Artistas del Perú y que incluye una disposición sobre inhabilitados en colegios profesionales.

Se presentó un pedido formal para que Delia Espinoza sea cesada del cargo de decana del Colegio de Abogados de Lima (CAL). La solicitud fue realizada por el abogado Fernando Carlos Vinicio Valdivia Correa, militante del Partido Popular Cristiano (PPC), el último martes, ante la Junta de Vigilancia del CAL.

El pedido se fundamenta en la Ley 32645, que crea el Colegio Profesional de Artistas del Perú. Según el texto de la ley, el Congreso incorporó a último minuto y sin debate una disposición que establece que las personas inhabilitadas no pueden ser parte de la comisión organizadora ni ejercer cargos en los órganos de gobierno de los colegios profesionales. Dicha disposición se aplica a todos los colegios profesionales.

En el escrito, Valdivia Correa mencionó la segunda inhabilitación que el Congreso impuso a Delia Espinoza, inhabilitación que fue publicada el mismo martes en el diario oficial El Peruano.

El Congreso de la República publicó la Resolución Legislativa 010-2025-2026-CR, que inhabilita por diez años para el ejercicio de la función pública a la exfiscal de la Nación Delia Espinoza. La sanción fue aprobada por el Pleno el 7 de mayo de 2026 con 70 votos a favor, 18 en contra y 2 abstenciones, tras una reconsideración para alcanzar el mínimo de votos requerido. La resolución lleva la firma del presidente encargado del Congreso, Fernando Rospigliosi.

El primer intento de inhabilitación se frustró el 12 de marzo de 2026, cuando el Pleno no reunió los 66 votos mínimos. El congresista Jorge Montoya, uno de los once parlamentarios denunciados por Espinoza, solicitó una reconsideración de esa votación. La sanción se concretó con el respaldo de bancadas como Fuerza Popular, Alianza para el Progreso, Renovación Popular, Avanza País y Podemos Perú.

Esta es la segunda inhabilitación de diez años que el Congreso impone a Espinoza. La primera se sustentó en la supuesta contravención de la Ley 32130 a raíz del Reglamento de Actuación Fiscal en la Investigación del Delito, norma que no firmó ni respaldó. El Parlamento también le retiró la prerrogativa de antejuicio penal y abrió una acusación constitucional por los presuntos delitos de abuso de autoridad, prevaricato, falsedad genérica y usurpación de funciones.

Frente a la primera sanción, Espinoza presentó una demanda de amparo, que fue declarada fundada en parte el 26 de mayo. El Poder Judicial en primera instancia determinó que el Parlamento incurrió en un “trato discriminatorio y selectivo” y que el proceso careció de sustento técnico idóneo. En paralelo, el juez supremo de investigación preparatoria Juan Carlos Checkley acogió un pedido de excepción de improcedencia de acción y dispuso el archivo definitivo del proceso penal abierto contra Espinoza por los mismos delitos.

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