Sobreseimiento de Barbie Vélez y Fede Bal en 2017: el fallo que cerró la causa por lesiones

El 4 de abril de 2017, la Justicia resolvió el sobreseimiento de la actriz Barbie Vélez y el conductor Federico Bal en la causa que los enfrentaba por lesiones dolosas leves calificadas, tras denuncias cruzadas de violencia de género y daños materiales.

El 4 de abril de 2017 se resolvió el sobreseimiento de la actriz Barbie Vélez y el conductor Federico Bal en la causa que enfrentaba a ambos por lesiones dolosas leves calificadas. La medida también incluyó la desvinculación de Vélez por cargos de hurto, y dejó sin responsabilidad penal a Bal por el mismo delito.

La controversia pública se originó cuando Barbie Vélez apareció en la portada de una revista con moretones en uno de sus brazos. En esa ocasión, la actriz denunció haber sido víctima de violencia de género. Por su parte, Federico Bal sostuvo que ella había destruido su departamento y que él solo intentó frenarla.

La causa incluyó peritajes médicos que analizaron las lesiones de ambos. Un informe de la División Medicina Legal de la Policía Federal Argentina consignó que Bal presentaba un hematoma de tres centímetros en la rodilla izquierda y refería una contusión en el brazo izquierdo. Según el informe, las lesiones tenían una antigüedad de entre tres y cinco días y eran compatibles con el choque contra un objeto duro. Se aclaró que su curación e incapacidad laboral no superarían los treinta días.

El perito médico Carmelo Nápoli afirmó: “Bárbara Nazarena Pucheta es una víctima más de violencia de género, violencia de pareja, donde muchas veces son muy difusos los límites entre el amor y la violencia”. El especialista sostuvo que “las lesiones que presenta la Sra. Pucheta, posiblemente desaparezcan de su cuerpo en menos de un mes, pero su psiquis guardará los momentos violentos por mucho más tiempo”.

En otro peritaje, Guillermo Darsy, médico legista de la Comisaría de la Mujer y la Familia en Tigre, examinó a Vélez y determinó que presentaba “múltiples hematomas en el brazo derecho de diferentes diámetros, escoriación tenue en hemicuello derecho que lo relaciona con opresión a nivel cervical anterior, globo hemático en la región occipital”. Todas las lesiones fueron calificadas como leves y compatibles con la fecha de los hechos denunciados.

La Justicia concluyó que no existían pruebas suficientes para atribuir de manera categórica el origen de las lesiones a una sola de las partes. Las versiones de ambos resultaron contradictorias y, según el fallo, “carecen de fuerza convictiva suficiente para tener por acreditada la situación invocada por los mismos, al no verse corroboradas por elementos probatorios”.

El proceso judicial se cerró con la absolución de ambos por falta de pruebas concluyentes sobre la autoría de las lesiones. Durante el proceso, la Justicia destacó que Bal modificó su versión de los hechos en diversas ocasiones. Inicialmente, acusó a Vélez de golpearlo en las rodillas y el brazo. Más adelante, afirmó que también había recibido lesiones en los muslos y la mano izquierda. Sin embargo, el reconocimiento médico solo constató un hematoma en la rodilla izquierda.

El fallo resaltó la existencia de “dos versiones contradictorias sobre la forma en que se habrían producido las lesiones”. Mientras Bal atribuyó los daños físicos a quien era su pareja, ella lo negó y sostuvo que él fue el agresor. Esta dinámica se replicó en la imputación cruzada: cada uno responsabilizó al otro por las lesiones, pero ninguna de las acusaciones pudo ser comprobada fehacientemente.

El informe pericial de Nápoli afirmó: “La vida de las mujeres puede volverse un bien tan frágil que cualquiera puede disponer de ella impunemente”. La resolución judicial consideró que, ante la falta de pruebas objetivas y las versiones opuestas, no era posible avanzar con una condena. El magistrado determinó el sobreseimiento de ambos.

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